Es claro que para poder cumplir con su función de veeduría los ciudadanos que asuman este rol deben ajustarse a unos derechos y deberes que la misma Ley contempla. Los Derechos definidos para el ejercicio de esta tarea participativa son:
a) Conocer las políticas, proyectos, programas, contratos,recursos presupuestales asignados, metas físicas y financieras, procedimientos técnicos y administrativos y los cronogramas de ejecución previstos para los mismos desde el momento de su iniciación.
b) Solicitar al funcionario de la entidad pública o privada responsable del programa, contrato proyecto la adopción de los mecanismos correctivos y sancionatorios del caso, cuando en su ejecución no cumpla con las especificaciones correspondientes o se causen graves perjuicios a la comunidad.
c) Obtener de los supervisores, interventores, contratistas y de las entidades contratantes, la información que permita conocer los criterios que sustentan la toma de decisiones relativas a la gestión fiscal y administrativa.
d) Los demás que reconozca la Constitución y la ley”.
De otro lado, en materia de Deberes la normatividad vigente de la veeduría consagra preferencialmente los siguientes:
a) Recibir informes, observaciones y sugerencias que presenten los particulares, las comunidades organizadas, las organizaciones civiles y las autoridades, en relación con las obras, programas y actividades objeto de veedurías.
b) Comunicar a la ciudadanía, a través de informes presentados en asambleas generales o reuniones similares de los habitantes y de las organizaciones de la comunidad, los avances en los procesos de control y vigilancia que estén realizando.
c) Definir su propio reglamento de funcionamiento de funcionamiento y los mecanismos de regulación del comportamiento de sus miembros.
d) Acatar el régimen de impedimentos y de prohibiciones establecidos por esta ley.
e) Inscribirse en el registro de Personerías Municipales o Distritales o Cámaras de Comercio.
f) Realizar audiencia pública para rendir informes de control Preventivo y Posterior ejercido por la veeduría y solicitar información de las entidades oficiales o privadas que ejecuten recursos del Estado o presten un servicio público.
g) Informar a las autoridades sobre los mecanismos de financiación y el origen de los recursos con que cuenta para realizar dicha vigilancia.
h) Los demás que señale la Constitución y la Ley”.
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